Reflexionan sobre la propiedad intelectual desde una perspectiva feminista
Credits: Archivo UDEM
- Lucero Ibarra Rojas, directora general interina del CIDE, analizó en la UDEM cómo las normas y prácticas jurídicas pueden influir en el reconocimiento de las mujeres en el arte, la ciencia y la creación de conocimiento
Cuestionar cómo las leyes definen el arte, el conocimiento y la autoría fue uno de los ejes de la conferencia De musas, impostoras y tejedoras: la propiedad intelectual desde una perspectiva feminista, impartida por Lucero Ibarra Rojas, directora general interina del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), en la Universidad de Monterrey.
Durante la charla, realizada en el Claustro Universitario el pasado 8 de octubre, la especialista examinó cómo las normas, las instituciones y las prácticas jurídicas pueden reproducir desigualdades de género, incluso cuando las leyes no establecen distinciones explícitas entre hombres y mujeres.
Ibarra Rojas explicó que, para comprender estos efectos, es necesario analizar el derecho más allá de su contenido formal y considerar cómo se interpreta y aplica en la sociedad.
En el ámbito de la propiedad intelectual, esto implica preguntarse qué expresiones creativas reciben protección jurídica, quiénes obtienen reconocimiento como autores y qué formas de creación quedan fuera de las categorías tradicionales.
Si nosotros vemos el Derecho de Autor, nada del Derecho de Autor evidentemente sugiere que las mujeres no deberían de ser artistas, no dice, las mujeres tienen prohibido registrar su Derecho de Autor, eso no lo vamos a encontrar así. Entonces tenemos que pensar el Derecho de una manera más amplia, pensar qué hace el Derecho, cómo pensamos lo jurídico de una manera más amplia”, señaló.
La ponente partió de una imagen difundida sobre la representación de las mujeres en el Museo Metropolitano de Arte de Nueva York (The Met) que evidencia el contraste entre la limitada presencia de mujeres artistas en determinadas secciones del museo y la frecuencia con la que aparecen representadas en desnudos femeninos.
A partir de este ejemplo, Ibarra Rojas invitó a reflexionar sobre los criterios históricos y culturales que determinan quién ocupa un lugar en el mundo del arte y bajo qué condiciones obtiene reconocimiento.
La especialista también cuestionó la idea de que la propiedad intelectual sea inherente a cualquier expresión creativa. Explicó que esta surge cuando existen reglas que regulan la actividad creativa y su comercialización, por lo que sus criterios de protección responden a determinadas concepciones sobre la autoría y el valor de las obras.
“La expresión creativa no tiene por qué estar privatizada, no tiene por qué ser individual, no tiene por qué tener todas esas reglas. La propiedad intelectual existe cuando existen reglas para el comercio de la actividad creativa; entonces, tenemos propiedad intelectual”, afirmó.
Esta perspectiva permitió abordar las diferencias entre lo que tradicionalmente se reconoce como arte y lo que se clasifica como artesanía. Ibarra Rojas destacó el caso del arte textil, una forma de creación en la que participan numerosas mujeres, pero que históricamente ha ocupado un lugar distinto al de otras expresiones artísticas en los sistemas de reconocimiento y protección jurídica.
“Si el diseño y el arte textil no son considerados sujetos del derecho de autor y, por lo tanto, no son considerados artes, el espacio donde hay más mujeres creando no es sujeto al derecho de autor y no es considerado arte”, comentó.
El análisis también se extendió al ámbito científico y tecnológico, donde Ibarra Rojas planteó preguntas sobre la participación de las mujeres en los registros de propiedad intelectual y los criterios utilizados para reconocer y proteger las innovaciones.
Desde su perspectiva, no basta con revisar qué establece la legislación: también es necesario examinar cómo los sesgos sociales pueden influir en los procesos de evaluación e implementación.
Como reflexión final, la conferencia invitó a ampliar la mirada sobre el derecho y a cuestionar los supuestos que suelen darse por establecidos en torno a la autoría, el arte y el conocimiento.
La especialista destacó la importancia de identificar qué personas, prácticas y formas de creación permanecen fuera de los sistemas de reconocimiento jurídico, con el fin de comprender cómo se construyen y reproducen las desigualdades.
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